Ficha de actividad - Aula formativa

Curso RÉGIMEN ESPECIAL FEAC (9 h. lectivas)

28-10-2024 , 30-10-2024 , 04-11-2024
De 16.15 a 19.15 hores
PLATAFORMA ZOOM
Con inscripción de pago
Modalidad virtual

Miembro del Ilustre Colegio de Graduados Sociales de Tarragona: 155,00 €
Miembro del Ilustre Colegio de Graduados Sociales de Barcelona, Girona y Lleida: 155,00 €
No asociado: 395,00 €

Ponentes

amb Antonio Martínez Alfonso, Tècnic de l'AEAT a la Dependència Regional d'Inspecció de València.


Descripción

OPERACIONES DE REESTRUCTURACIÓN EMPRESARIAL. LA APLICACIÓN DEL RÉGIMEN ESPECIAL DE FUSIONES, ESCISIONES, APORTACIONES DE ACTIVOS, Y CANJE DE VALORES (RFEAC)  REGULADO EN EL  CAPITULO VII DEL TÍTULO VII DE LA LIS

1. Operaciones societarias y de reestructuración que pueden acogerse a la  aplicación del régimen especial FEAC.

2. Normativa mercantil y contable aplicable.

3. Aplicación por defecto y preferente del RFEAC si se cumplen los requisitos objetivos y subjetivos, pero siempre que existan Motivos económicos válidos.

4. Concepto de rama de actividad.

5. La subrogación de bienes y derechos de la entidad adquirente.

6. Las aportaciones no dinerarias de personas físicas (participaciones y otros bienes) y de personas jurídicas a la constitución o ampliación del capital social de sociedades. El canje de valores.

7.- Cuestiones a considerar en las operaciones de fusión y de escisión total, parcial o financiera.

8.- La ventaja fiscal a regularizar por la administración tributaria en caso de no apreciar motivos económicos validos en la operación de restauración realizada. Últimos pronunciamientos en la materia adoptados por el TEAC en las resoluciones de Abril y Mayo de 2024.

9.- Casos prácticos:
i.-De aportaciones no dinerarias/canje de valores de participaciones por PFs y aportaciones realizadas por P. Jurídicas para la creación de la sociedad holding o por ampliación de capital de una sociedad.
ii.- De fusión entre sociedades independientes.
iii.- De escisión total y parcial.

10.- La tributación de estas operaciones en la imposición indirecta.